Salud

Reproducción Asistida: desafíos para el 2022

En Argentina no existe una normativa sobre las prácticas de medicina reproductiva, si bien hay una regulación sobre la cobertura de los tratamientos.

 

Existe la Ley de Reproducción Asistida N° 26.862 de “acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida”. Si bien se ocupa de la cobertura de los tratamientos, no hay una disposición que regule las prácticas de la medicina reproductiva.

La ley de cobertura de tratamientos de fertilidad representó una bisagra en cuanto a la posibilidad de lograr la maternidad y paternidad, ya que establece que tanto el sistema de salud público como las obras sociales o empresas de medicina prepaga deben garantizar la totalidad del tratamiento a aquellas personas que no pueden lograr un embarazo de forma natural. Según el decreto 956/2013 cada persona puede acceder a un máximo de cuatro tratamientos de baja complejidad -como la inseminación artificial- y hasta tres tratamientos de alta complejidad -como la fertilización in vitro (FIV).  Además, la Resolución 1 – E/2017 contempla que pueden realizarse hasta tres transferencias de embriones (en fresco o criopreservados), con intervalos mínimos de tres meses entre cada uno de ellos.

No obstante, hay cuestiones que no están estandarizadas actualmente en Argentina. No existe una legislación o regulación que diga cómo hay que trabajar”, detalla el Dr. Fernando Neuspiller, presidente de WeFIV y continúa: “entonces, por ejemplo, un centro de reproducción asistida puede hacer un tratamiento de ovodonación y poner a fecundar 20 óvulos de una paciente para lograr un embarazo, y que luego le queden 10 embriones congelados. Embriones que luego de completar su maternidad, la paciente no utilizará, por eso, a menos que decida donarlos, tendrá que hacerse cargo del mantenimiento de los mismos de por vida.”

En otras partes del mundo sí hay normativas que regulan las prácticas de la medicina reproductiva. En España existe la Ley 14/2006 “sobre técnicas de reproducción humana asistida” que, justamente, enumera aquellas técnicas que, “según el estado de la ciencia y la práctica clínica, pueden realizarse hoy día”. No obstante, permite que estas sean actualizadas.

 

Por otro lado, en Uruguay, rige la Ley N°19167 que también detalla las técnicas que pueden ser aplicadas, las cuales serán financiadas por las entidades públicas y privadas que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud, cuando la mujer no sea mayor de 40 años. En caso de mayor edad, la reglamentación establecerá la forma de financiamiento.

 

Por otro lado, establece que se podrán transferir solamente dos embriones por ciclo, por un máximo de tres ciclos, salvo expresa indicación médica, en dicho caso podrán transferirse un máximo de tres embriones. Esta ley, tiene como objetivo regular los “requisitos que deben cumplir las instituciones públicas y privadas” que realicen las técnicas de reproducción humana asistida.

En esa misma línea, en Brasil, existe la Resolução 2.168/2017 – CFM que, en lo que refiere a los centros y clínicas de reproducción asistida, también detalla una serie de condiciones que deben cumplir para poder funcionar. Además, la Ley describe para qué pueden ser utilizadas las técnicas de reproducción asistida y por quiénes. A diferencia de Argentina, la resolución brasilera define la cantidad de embriones que pueden ser transferidos según la edad del paciente. “Este es uno de los temas más importantes a regular” indica el Dr. Neuspiller y agrega: “en WeFIV incorporamos en nuestro protocolo diario el Single Embryo Transfer (SET) o Transferencia de un Único Embrión, que nos permitió llevar la tasa de embarazos múltiples a cero, intentando acercar el modelo reproductivo asistido al de la reproducción natural, sin bajar nuestra tasa de éxito.” Según la definición de la SART (Society for Assisted Reproductive Technologies), el SET es “la transferencia embrionaria en la que existe más de un embrión de buena calidad, pero donde se decide transferir uno solo”.

La medicina reproductiva sigue avanzando y cada vez más pacientes realizan tratamientos de reproducción asistida en Argentina, en este contexto es importante contar con un marco legal que regule la práctica. En 2020, debido a la pandemia, en WeFIV se realizaron aproximadamente 1000 tratamientos entre alta y baja complejidad. De enero a noviembre del 2021, ya se han realizado 1485 ciclos, incluyendo Fecundación in Vitro, Ovodonación y Vitrificación en el mismo centro.[1]

Los desafíos para el 2022 y los próximos años crecen. Existe un precedente que es la Ley de Reproducción Asistida y también hojas de ruta elaboradas por otros países que podrían funcionar como guías para diseñar nuevas normas que regulen la práctica de la medicina reproductiva.

 

Acerca de WeFIV:

WeFIV surge de una trayectoria de más de 10 años, en Argentina, ofreciendo la mejor atención personalizada mediante tratamientos como la Inseminación Artificial, Fecundación In Vitro, Ovodonación y Preservación de la fertilidad a través de la criopreservación de óvulos. Sus acciones están determinadas por el principio de integridad, calidad, trabajo en equipo y dedicación para alcanzar de manera integral el éxito y la excelencia a través de una óptima utilización de sus recursos y tecnología.

[1] Registros de WeFIV. Período enero – diciembre 2020 vs. Enero – noviembre 2021.

Periodista.Editora marcelafittipaldi.com.ar. Ex-editora Revista Claudia, Revista Telva España, Diario La Nación, Diario Perfil y revistas femeninas de la editorial

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