A un año de la Ley Nacional de Fertilización Asistida: los pendientes
02/06/2014
Dr. R. Sergio Pasqualini (MN 39914), Director Científico de Halitus Instituto Médico y Presidente de Fundación Repro
Hasta el 5 de junio del 2013, para muchos, los tratamientos de reproducción asistida eran algo económicamente inalcanzable o lejano, pero la nueva ley aprobada con 203 votos a favor, uno en contra y 10 abstenciones les daba a muchos, la esperanza de nuevas oportunidades.
Esa esperanza se reflejaba entonces en tres elementos fundamentales:
En primer lugar, se esperaba un aluvión de consultas, el cálculo era que se pasaría de 12 mil tratamientos anuales de alta complejidad a 40 mil. Pero esto no sucedió: si bien aumentaron, ese incremento fue discreto. Nosotros tuvimos 1600 tratamientos de alta complejidad durante el año 2013 y en lo que va del 2014 estamos apenas por arriba de la misma cantidad de consultas a junio de 2013. Antes de la existencia de la ley 26.862 prácticamente el 100% de los tratamientos eran abonados en forma particular, hoy en día, del total, aproximadamente el 40% son por obra social o prepaga. El discreto aumento en la cantidad total de tratamientos que registramos, comenzó a verse luego de la aprobación de la ley.
Varias son las consultas que nos llegan sobre la cobertura: ¿cubre la ley tal práctica? ¿Cuántas in vitro puedo hacerme por año? ¿Tengo que hacer inseminaciones antes de poder realizar fertilización in Vitro? ¿La criopreservación tiene cobertura? ¿Si realizo tratamiento con donación de óvulos, deberían darme la cobertura? ¿Yo no tengo pareja, también tengo cobertura? La ley establece que tienen derecho a las prestaciones de reproducción médicamente asistida todas las personas, mayores de edad, sin discriminación o exclusión de acuerdo a su orientación sexual o estado civil y que quedan comprendidas las técnicas de baja y alta complejidad, que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones y que podrán incluirse nuevos procedimientos y técnicas desarrollados mediante avances técnico-científicos, cuando sean autorizados por la autoridad de aplicación.
Pero si bien la ley de cobertura existe y está aprobada, es amplia y contempla prácticamente todas las técnicas –incluso la donación de gametas (óvulos y espermatozoides)-, hay claroscuros, lo que deriva en que en ocasiones, los pacientes no obtengan lo que esperaban a partir de la sanción de esta ley. A veces se encuentran con prácticas o tratamientos no cubiertos, objeciones, dilaciones y hasta limitaciones a la hora de elegir el centro donde tratarse. La peregrinación de parejas de un centro a otro, buscando aquel que se adecúe a sus expectativas fue habitual antes de la sanción de la ley pero ahora la limitación de la elección del centro que plantea marca una diferencia. En este contexto, la libre elección del centro es positiva en esta práctica médica. No sólo para la calidad de la prestación –relevante teniendo en cuenta que los intentos cubiertos no son infinitos- sino que, además, esto lleva a que cada centro haga lo mejor posible para ser elegido y brindar el mejor servicio. La importancia que tiene para el paciente la libre elección de un centro y de un profesional en el cual depositar su confianza y sus expectativas, redunda directamente en una mejor contención del paciente y optimiza día a día la calidad de atención, fomentando la sana competencia e impulsando una mejora continua y sobre todo, cuidando a la gente. Estos claroscuros no hacen más que incrementar los problemas y el estrés que las personas deben enfrentar.
En segundo lugar, la ley 26.862 le dio un marco de cobertura a muchas de las prácticas y técnicas de reproducción asistida. Y se espera que con la ley especial que queda aún por ser sancionada se le podrá dar un marco adecuado a las prácticas y técnicas que la ciencia ofrece en Reproducción Asistida, algo muy importante para los pacientes y un gran avance para quienes nos dedicamos a esta tarea.
Por último, se esperaba que la reglamentación estableciera algunas limitaciones, sin que ello significara una barrera a lo que las distintas técnicas pueden ofrecer para el tratamiento de la persona infértil. La realidad es que aunque esta reglamentación básica fue llevada adelante por la Presidencia de la Nación en julio de 2013, a través del Decreto 956/2013, da un plazo de 180 días para trabajar sobre más definiciones y especificaciones. Lo establecido es aún poco definido y deja espacios dudosos que no facilitan la tarea de las personas que realizan tratamientos, por eso, la reglamentación definitiva permitiría allanar el camino de quienes se acercan para cumplir el sueño de ser padres.
No son pocos los científicos que vislumbran que la fertilización in Vitro óptima debería incluir una reducción de la carga emocional para el paciente, no solo aquella inherente al tratamiento sino también aquella que pudiera sumarse desde la clínica que presta el servicio. Un estudio llevado a cabo sobre este tema revela que en la última década ha crecido el interés por comprender los cambios psicosociales de aquellos que buscan un embarazo. Investigar la mejora en la calidad de vida del paciente es la regla número uno y el principio es entonces apuntalarlos, contenerlos. Esto implica, también, facilitarles el camino, evitar los obstáculos, alivianar la carga y ese camino incluye el de la cobertura, el de la ley.
Con la ley 26.862 hemos dado, decididamente, un paso adelante para los médicos, para las personas y para la comunidad. El 25 de julio de 1978, venía al mundo Louise Brown, el primer bebé de probeta, gracias al último avance de la ciencia. A partir de allí, la reproducción asistida ganó lentamente el centro de la escena, un espacio que aún hoy conserva. Hoy en día estas técnicas forman parte de la vida cotidiana pero vivimos una época de transición. La Ley Nacional de Cobertura de técnicas de reproducción asistida –aunque ha marcado un fuerte avance- requiere de una reglamentación precisa, efectiva y definitiva para que realmente pueda alcanzar a toda la sociedad. La aprobación del proyecto de reforma del Código Civil, aún pendiente y demorado, y la posibilidad de que exista una ley específica sobre las técnicas que se utilizan sería un avance aún mayor. Es un buen comienzo pero es preciso seguir avanzando.
Marcela Fittipaldi
Periodista.Editora marcelafittipaldi.com.ar. Ex-editora Revista Claudia, Revista Telva España, Diario La Nación, Diario Perfil y revistas femeninas de la editorial